Estos estándares hacen referencia a procesos que deben implementar las personas naturales y jurídicas los cuales se basan en la mejora continua de políticas de organización, planificación, acciones de mejora, evaluación y valoración de los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Para adelantar este trámite, se habilitó el formulario de registro en la página web del Sistema General de Riesgos Laborales (www.sgrl.mintrabajo.gov.co) y su proceso es el siguiente:
1. Aplicar la autoevaluación conforme a la tabla de valores y calificación de los estándares mínimos del Sistema de Gestión, SST, mediante el formulario establecido en la página del Sistema General de Riesgos.
2. Elaborar el plan de mejora conforme al resultado de la evaluación de los estándares mínimos. Este debe quedar aprobado por la empresa en el Plan Anual del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
3. El plan anual del sistema de Gestión de SST deberá ejecutarse a partir del 1 de enero del año 2024.
Finalmente, el Ministerio anunció que hará el acompañamiento a los procesos que se requieran, a través de la Dirección de Riesgos Laborales y desde el correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
CIRCULAR 012 DE 2024
MINISTERIO DE TRABAJO
RECOMENDACIONES POR FENÓMENO DEL NIÑO
ANÁLISIS Y CONTENIDO:
Con la circular de la referencia el Ministerio de trabajo expide unas recomendaciones para los empleadores mientras persistan las condiciones relacionadas al fenómeno del niño, para lo cual, dispone los siguientes aspectos:
PELIGRO FÍSICO: Temperaturas extremas calor. Radiaciones no ionizantes (exposición al sol).
EFECTOS: Estrés térmico / Disconfort / Dolor de cabeza / Mareo / Agotamiento / Golpe de calor / Deshidratación / Irritaciones en la piel / Lesiones en la piel / Insolación / Quemaduras / Calambres / Pérdida del apetito.
CONTROLES: Hidratación continua, disponer de agua potable fría en lugares estratégicos y visibles, cercanos al área de trabajo.
Horarios de trabajo más corto o en horas en que la temperatura esta más baja.
Reducir las demandas físicas del trabajo.
Alimentación adecuada.
Vigilancia específica de la salud dirigida sobre todo a la identificación de los trabajadores que estén en riesgo de presentar trastornos por calor ocasionados por sus características personales: edad, obesidad, embarazo, patologías crónicas o uso de medicamentos como diuréticos o antidepresivos.
Se recomienda mantener el área de trabajo ventilada (en lo posible con fuentes naturales, abrir puertas y ventanas), en lugares de extremo calor.
Ropa de trabajo y equipos de protección adecuados (camisa manga larga, pantalón largo, gorra o sombrero de ala ancha.
Evitar el consumo de bebidas alcohólicas ya que puede causar deshidratación adicional.
PELIGRO QUÍMICO: Inhalación de gases y vapores (humos).
EFECTOS: Asfixia / Dificultad para respirar / Ardor en los ojos / Conjuntivitis / Problemas respiratorios / Alergias / Ataque de asma / Tos / Goteo nasal / Irritación de la garganta / Dolor de cabeza.
CONTROLES: Uso de tapabocas.
PELIGRO PSICOSOCIAL: Largas jornadas de trabajo. Ausencia de descanso.
EFECTOS: Estrés / Agotamientos por el trabajo continuo / Angustia preocupación / Cansancio / Fatiga / Poca concentración y atención / Ansiedad.
CONTROLES: Flexibilizar la jornada de trabajo para evitar la exposición en horarios de alta radiación. Realizar pausa de descanso.
RESOLUCIÓN 147 DE 2024
MINISTERIO DE TRABAJO
FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REPORTE DE NOVEDADES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
ANÁLISIS Y CONTENIDO:
La presente resolución tiene como objeto adoptar el Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Riesgos Laborales, de trabajadores dependientes, independientes, estudiantes y personas que realizan otras actividades.
Por lo tanto, deberá tener presente el diligenciamiento del Formulario Único de Afiliación y Reporte de novedades al Sistema General de Riesgos Laborales.
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Consultas adicionales:
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+57 (300) 614 9653